Radio en vivo

MINERO ALEXANDER FLORES SE QUEDA FUERA DE CARRERA ELECTORAL PARA EL GOBIERNO REGIONAL DE PUNO


Fecha | Vistos 69 Noticias

PRESENTARON SUBSANACIÓN DE OBSERVACIONES FUERA DE TIEMPO

La campaña electoral por enésima vez del pre candidato Minero Alexander Flores parece haber llegado una vez más a su fin; pues el Jurado Electoral Especial de Puno la declaró de improcedente al no respetar los plazos y horarios de presentación de subsanación.

Determinación del JEE Puno

En el presente caso, como se tiene detallado en los numerales 3.1 y 3.2, la resolución de inadmisibilidad ha sido notificado al personero legal en su Casilla Electrónica el día 26 de junio del 2022, a horas 10:40:11, esto es, dentro del horario establecido de 8:00 a 20:00. Siendo esto así, dicha notificación conforme la norma reglamentaria transcrita en el numeral 1.8, surtía efecto desde el día siguiente, de manera que los dos días concedidos para subsanar las observaciones vencía el día 28 de junio del 2022 y debía ser presentado por mesa de partes del SIJE hasta la 20:00. Sin embargo, como ya aparece del sistema, dicho escrito ha sido presentado el 28 de junio del 2022 a horas 23:03:52, esto es, fuera del horario establecido; por tanto, es de aplicación lo dispuesto en el numeral 9.6 de la Resolución N° 0012-2022-JNE, en cuanto precisa que “todos aquellos documentos que ingresen con posterioridad a la hora establecida en el párrafo precedente serán considerados como presentados al día siguiente”; de manera que el escrito de subsanación presentado por el Personero Legal, se entiende como presentado el 29 de junio del 2022, es decir, en forma extemporánea, incurriéndose de esta manera en la causa de improcedencia de inscripción de la fórmula y lista presentada.

RESUELVE:

PROCESO DE ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022

JURADO ELECTORAL ESPECIAL DE PUNO

RESOLUCION N° 00392-2022-JEE-PUNO/JNE

ARTÍCULO PRIMERO.- Declarar IMPROCEDENTE la solicitud de inscripción de la fórmula y la lista de candidatos, para el Gobierno Regional de Puno, presentado por el personero legal competente señor Orlando Fernández Sejje, de la organización política “PODER ANDINO”, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución; una vez quede consentida y firme, se dispone el archivo definitivo de la presente causa...